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AYER SE PRESENTÓ NUEVA DEMANDA EN CONTRA DE LA MUNICIPALIDAD DE BULNES EN EL CASO LICEO STA. CRUZ DE LARQUI.

Bulnes, martes 19 de abril de 2011 - 11,45 horas:

INFORMACIÓN EN DESARROLLO:

Ayer lunes 18 de abril se presentó una nueva demanda en contra de la Municipalidad de Bulnes, por maltrato laboral. Específcamente, se presentó una demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, producto de los hostigamientos en contra de doña Elizabeth Chandía Escalona por parte del Alcalde, la Administradora Municipal, la Jefa Subrogante del DAEM, y muy especialmente por parte de la Directora del Liceo Santa Cruz de Larqui, Veronica Claret Figueroa.

En su parte petitoria se solicita lo siguiente:

POR TANTO: en virtud de lo expuesto y normas legales citadas,
A SS., ruego, tener por interpuesta demanda de tutela laboral por vulneración de los derechos fundamentales de mi representada doña ELIZABETH CHANDIA ESCALONA, en contra de MUNICIPALIDAD DE BULNES, del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº 69.141.200-8, representada legalmente por su Alcalde don RODRIGO DE LA PUENTE ACUÑA, admitir la demanda a tramitación estimando que cumple con los requisitos del artículo 491 del Código del Trabajo y declarar en definitiva que la demandada ha vulnerado el derecho a la integridad psíquica, a el respeto y protección a la vida privada y pública, a la honra de la persona, a la de emitir opinión, a la de informar, a la dignidad de la persona y a la prohibición de distinciones, exclusiones o preferencias arbitrarias que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación, respecto de doña ELIZABETH CHANDIA ESCALONA; y en definitiva condene a la referida Municipalidad a lo siguiente:

1.- Condene a la Municipalidad de Bulnes demandada, y especialmente a su Alcalde RODRIGO DE LA PUENTE ACUÑA, a adoptar todas las medidas necesarias y eficaces para implementar los procedimientos sancionatorios reglamentarios que aseguren el resguardo de las garantías y derechos vulnerados en contra de doña ELIZABETH CHANDIA ESCALONA, bajo apercibimiento de multas, arresto y desacato.

2.- Condene a la Municipalidad de Bulnes, ordenando la remoción definitiva de la Directora del Liceo Santa Cruz de Larqui señora VERONICA CLARET FIGUEROA.

3.- Condene a la Municipalidad de Bulnes, ordenando que se restituyan los dineros no pagados a doña ELIZABETH CHANDIA ESCALONA producto de la modificación arbitraria de funciones y de su liquidación de sueldo.

4.- Condene a la Municipalidad de Bulnes, ordenando la restitución inmediata del oficina, cargo, funciones y dignidad de doña ELIZABETH CHANDIA ESCALONA.

5.- Condene a la Municipalidad de Bulnes, a pagar a doña ELIZABETH CHANDIA ESCALONA de una indemnización de perjuicios por el daño moral y psicológico, ascendente a la suma de $ 12.000.000.- (doce millones de pesos) o lo que SS., estime prudencialmente.

6.- Condene a la Municipalidad de Bulnes, al pago de las multas que fueren procedentes.

7.- Ordene la remisión a la Dirección del Trabajo para su registro, de la copia de la sentencia pronunciada.

8.- Condene a la Municipalidad al pago de las costas de la causa.


Atte,

Rodrigo Pablo León Pinto
Abogado

LEON & CIA.
Abogados